El Reggaeton Beach Festival, denunciado por impedir introducir comida y bebida al recinto
La Dirección General de Consumo del Gobierno Balear ha expedientado al Reggaeton Beach Festival tras una denuncia de la organización Facua
El Reggaeton Beach Festival: Una práctica muy usual en la que incurren muchas organizaciones.
Así como de eventos es la de impedir el acceso de comida y bebida al recinto en el que llevan a cabo sus actividades.
Esta ha sido la razón por la que FACUA ha denunciado al Reggaeton Beach Festival, y la Dirección General.
Ademas que lo ha visto como una infracción grave, ha expedientando al festival.
Rafa, el cantante de Viva Suecia, durante un instante de su actuación en la que bajó a compartir con el público
La denuncia propuesta para Baleares –ya que este festival se ha celebrado en diferentes ciudades durante todo el verano–.
Ademas que alcanza la cantidad de 11.000 euros, ya que constata la inclusión de la existencia de una cláusula abusiva para los asistentes.
Esto es debido a que la principal actividad de los festivales no es la hostelería, sino el evento musical en sí.
El expediente sancionador es en contra de la promotora del festival, la RBF Travel 2020.
“La prohibición de consumir comida y bebidas adquiridas fuera del recinto no es necesaria para la correcta consecución de la actividad comercializada”.
“Así como tampoco puede prohibirse alegando que se hace por motivos de seguridad”.
“Ademas de la máxime cuando en el propio interior del recinto es posible adquirir comida y bebida”, explica el expediente.
La Dirección General de Consumo del Gobierno Balear atiende a la denuncia hecha en junio por la asociación.
Por ende se entiende que no se puede limitar la entrada de comida o bebida del exterior.
«Se impone unilateralmente al consumidor una cláusula que limita su capacidad de elección, sin que la actividad principal del evento sea comercializar».
FACUA ha denunciado al Ministerio de Consumo este mismo hecho en diferentes comunidades autónomas donde se ha celebrado este evento.
La organización recordaba que este hecho es una vulneración del artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007.
Así que donde se deja claro que «se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente.
Ademas de todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen.
Al igual que en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.